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Comunicado de prensa

El Departamento de Justicia Resuelve una Denuncia de Discriminación Contra Louisiana Crane & Construction

Para Divulgacion Inmediata
Oficina de Asuntos Públicos

WASHINGTON, D.C. – El Departamento de Justicia anunció hoy que ha llegado a un acuerdo con Louisiana Crane & Construction («Louisiana Crane»), una empresa de grúas y construcción con sede en Eunice, Luisiana que suministra servicios a campos petrolíferos. El acuerdo resolvió la demanda presentada el 29 de agosto del 2014 por parte de la Oficina del Consejero Especial para Prácticas Injustas en el Empleo Relacionadas a Inmigración (OSC, por sus siglas en inglés).

La demanda acusó que a partir de al menos del primero de enero del 2013 hasta al menos del primero de septiembre de 2013, Louisiana Crane, obligaba a los trabajadores que no eran ciudadanos estadounidenses a presentar documentos emitidos por el Departamento de Seguridad Nacional como condición de su empleo, pero no le exigieron nada parecido a los que sí eran ciudadanos de los EE. UU. La provisión antidiscriminatoria de la ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) prohíbe que los empleadores les pidan documentos adicionales a sus trabajadores durante el proceso de verificación de elegibilidad laboral por motivos del estatus de ciudadanía del trabajador.

Conforme al acuerdo, Louisiana Crane le pagará a los Estados Unidos una multa civil que asciende a $165.000, establecerá un fondo de pagos retroactivos de $50,000 para indemnizar a los trabajadores que no recibieron sus salarios a causa de las prácticas de la empresa, será sujeto al monitoreo durante dos años, y capacitará a sus empleados acerca de la provisión antidiscriminatoria de la INA.

Los individuos que fuesen autorizados para trabajar en los Estados Unidos pero que se les negó un puesto en Louisiana Crane, cuya fecha de contratación fue retrasada por parte de Louisiana Crane, o que fueron despedidos por Louisiana Crane entre el 2011 y el 2015 porque no pudieron enseñar los documentos que la compañía solicitaba para probar que cuentan con autorización para trabajar deberán contactar a la OSC al (202) 305-0144. Cualquier parte del fondo de $50,000 de pagos retroactivos que no se reclame se donará a una organización sin fines de lucro en Tejas o Luisiana.

«Nos encontramos demasiados casos de empleadores que crean obstáculos discriminatorios para inmigrantes que tienen autorización para trabajar en los Estados Unidos», declaró la Subprocuradora General Interina, Vanita Gupta, jefa de la División de Derechos Civiles. «Es fundamental que todos los empleadores examinen sus políticas laborales para asegurarse de que traten a todos sus trabajadores de una manera justa».

La OSC tiene la responsabilidad de aplicar la provisión antidiscriminatoria de la INA. Entre otras cosas, la ley prohíbe la discriminación por motivos de estatus de ciudadanía o país de origen en la contratación, el despido o el reclutamiento o la referencia por comisión, prácticas documentales injustas; las represalias o la intimidación. El caso lo gestionaron las Abogadas Litigantes Liza Zamd y Silvia Dominguez-Reese, juntas con la Asistente Legal Isabel Otero, las tres de la División de Derechos Civiles.

Para más información sobre protecciones contra la discriminación en el empleo bajo las leyes migratorias, llame a la línea directa de la OSC para trabajadores al 1-800-255-7688 (1‑800-237-2515, TTY para las personas con discapacidades auditivas); llame a la línea directa de la OSC para empleadores al 1-800-255-8155 (1-800-237-2515, TTY para las personas con discapacidades auditivas); matricúlese para una conferencia en línea gratuita en www.justice.gov/crt/about/osc/webinars.php; mande un correo electrónico a osccrt@usdoj.gov o visite la página web de la OSC en www.justice.gov/crt/about/osc.  

Los postulantes o empleados que creen haber sido víctimas de discriminación por motivos de su ciudadanía, estatus migratorio o país de origen en la contratación, el despido o el reclutamiento o la referencia por comisión deberán llamar a la línea directa para trabajadores mencionada arriba y serán atendidos.

LCC Settlement Agreement (1.94 MB)

Actualizado 31 de agosto de 2015

Número de comunicado de prensa: 15-1062