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LUNES, 17 DE JULIO DE 2006
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El Departamento de Justicia resuelve litigio con el Hospital Regional de Laurel para asegurar comunicación eficiente con personas sordas o con deficiencias auditivas

WASHINGTON — El Departamento de Justicia anunció hoy un decreto por consentimiento exhaustivo de acuerdo con la Ley de Personas con Discapacidades [Americans with Disabilities Act (ADA)] con el Hospital Regional de Laurel, un hospital comunitario que atiende a los suburbios de Washington en Maryland. El hospital ha acordado asegurar una comunicación eficaz con pacientes o acompañantes sordos o con deficiencias auditivas.

"Los pacientes y sus familias deben poder comunicarse con proveedores médicos para un diagnóstico y tratamiento adecuados", dijo Wan J. Kim, Secretario de Justicia Auxiliar de la División de Derechos Civiles. "Agradezco al Hospital Regional de Laurel por trabajar con nosotros, y espero que este acuerdo se convierta en un modelo para que otros hospitales aseguren que las personas sordas o con deficiencias auditivas tengan el mismo acceso a atención médica y tratamiento".

El decreto por consentimiento, presentado en tribunal federal en Greenbelt, Md., resuelve alegaciones de que, en varias ocasiones, el hospital no respondió como corresponde a solicitudes de proporcionar intérpretes de lenguaje de señas habilitados u otros tipos de apoyo para pacientes o acompañantes. Por ejemplo, la demanda del Departamento alegó que el hospital se negó a comunicarse con una mujer sorda cuyo hijo, un paciente del departamento de emergencias, estaba intermitentemente inconsciente, y que una paciente anterior que había recibido el alta no logró comprender su diagnóstico o recomendaciones de tratamiento, por lo cual hubo que enviarla rápidamente a otro hospital para recibir tratamiento médico.

El acuerdo de hoy en Gillespie y Estados Unidos contra Dimensions Health Corporation resuelve una demanda entablada por varios demandantes individuales, en la cual intervino el Departamento de Justicia.

Según el decreto, el hospital evaluará las necesidades de comunicación de personas con deficiencias auditivas o del habla en el momento en que llegan al hospital o al programarse su visita; proveerá intérpretes competentes (interpretación in situ o por video) lo antes posible (y dentro de los plazos especificados) cuando resulten necesarios para una comunicación eficaz, especialmente en circunstancias que comprendan interacciones de larga duración o complejas, tales como admisiones y conversaciones detalladas sobre síntomas, diagnóstico y tratamiento; proporcionará dispositivos auxiliares, cuando sea necesario, a acompañantes y pacientes; y cumplirá con ciertas normas para los servicios de interpretación por video, incluidos video y audio claros y de alta calidad, con movimiento total y sin tiempo diferido, a través de una conexión de Internet de alta velocidad exclusiva.

Este es el primer acuerdo del Departamento que incluye criterios para servicios de interpretación por video (teléfonos con imagen de video). A través de estos servicios, los cuales se utilizan cada vez más en diversas áreas, un intérprete remoto aparece a través de tecnología de videoconferencia por líneas de Internet de alta velocidad. Se debe controlar con cuidado estos servicios en ambientes hospitalarios donde, por ejemplo, pacientes con ciertas afecciones médicas o lesiones no puedan usar sus brazos o deban ser posicionados correctamente para ver la pantalla o realizar lenguaje de señas.

"La comunicación eficaz es especialmente crítica en ambientes médicos", dijo Rod J. Rosenstein, Fiscal Federal para el Distrito de Maryland. "Nos empeñamos en asegurar que las personas con discapacidades o sus familias no sean objeto de tratamiento desigual debido a comunicación ineficiente con personal médico sobre sus síntomas, diagnósticos y tratamiento".

El título III de la ADA es aplicable a entidades privadas, tales como hospitales y otros establecimientos de atención médica y, entre otras cosas, exige que entidades privadas, tales como hospitales, aseguren una comunicación eficiente con personas con deficiencias del habla, auditivas y de la vista.

Las personas interesadas en obtener más información sobre la ADA o el acuerdo pueden llamar a la Línea Informativa sin cargo de la ADA perteneciente al Departamento de Justicia, (1) -800-514-0301 o 1-800-514-0383 (TTY), o visitar el portal de la ADA en http://www.ada.gov.

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