Sección de Oportunidades Educativas
Acerca de la sección
Hace sesenta años, en su histórico fallo Brown v. Board of Education [Brown vs. el Consejo de Educación], el Tribunal Supremo sostuvo que la segregación intencionada de alumnos por motivos de su raza en escuelas públicas representa una vulneración de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los EE. UU. La legislación federal y los fallos judiciales subsiguientes también exigen que los funcionarios escolares no discriminen a sus alumnos por motivos de su sexo, país de origen, barrera lingüística, religión o discapacidad. La Sección de Oportunidades Educativas hace cumplir estos fallos judiciales y leyes en una amplia gama de casos relacionados con escuelas elementales y secundarias, así como con instituciones de educación superior.
Información general
Liderazgo
Shaheena Simons
Jefa
Contacto
(202) 514-4092
1-877-292-3804 (línea gratuita)
FAX - (202) 514-8337
Correo electrónico:
education@usdoj.gov
En concreto, la Sección de Oportunidades Educativas se encarga de aplicar el Título IV de la ley de Derechos Civiles de 1964, que autoriza al Fiscal General a tratar ciertos tipos de quejas sobre la discriminación dirigida a estudiantes por motivos de raza, color de piel, país de origen, sexo y religión en escuelas públicas o instituciones de educación superior; la ley de Igualdad de Oportunidades Educativas de 1974 que, entre otras cosas, requiere que los estados y distritos escolares proporcionen los servicios apropiados a los estudiantes que están aprendiendo inglés, para que puedan superar las barreras lingüísticas y el Título II de la ley de Estadounidenses con Discapacidades que prohíbe el discrimen por motivos de discapacidad en entidades locales y estatales, incluyendo a las escuelas.
Asimismo, la Sección desempeña un papel importante en la aplicación del Título VI de la ley de Derechos Civiles de 1964 (la que prohíbe la discriminación por parte de beneficiarios de fondos federales por motivos de raza, color de piel y país de origen) y la Sección 504 de la ley de Rehabilitación (que prohíbe la discriminación por parte de beneficiarios de fondos federales por motivos de discapacidad), con respecto a beneficiarios de fondos emitidos por el Departamento de Justicia. La Sección puede intervenir en pleitos privados que alegan vulneraciones de las leyes educativas antidiscriminatorias y la Decimocuarta Enmienda a la Constitución. La Sección también representa al Departamento de Educación en pleitos.